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Este Límite de Coste de Plantilla Deportiva es el importe máximo que cada Club/SAD puede consumir durante la temporada 2024/2025 tras el mercado de verano (y para el próximo mercado de invierno), y que incluye el gasto en jugadores, primer entrenador, segundo entrenador y preparador físico del primer equipo (plantilla inscribible según el Artículo 38 de las Normas de Elaboración de Presupuestos). Este límite incluye además el gasto en filiales, cantera y otras secciones (plantilla no inscribible, según se define en el Artículo 38 de las Normas de Elaboración de Presupuestos).
Los conceptos que se incluyen en el Límite de Coste de Plantilla Deportiva inscribible y no inscribible son: salarios fijos y variables, seguridad social, primas colectivas, gastos de adquisición (incluidas comisiones para agentes) y amortizaciones (importe de compra de los jugadores imputado anualmente en función del número de años de contrato del jugador).
Cada Club o SAD propone a LALIGA su Límite de Coste de Plantilla Deportiva, en cumplimiento de las normas de elaboración de presupuestos de clubes, correspondiendo al Órgano de Validación de LALIGA aprobar el límite propuesto o, en su caso, rectificarlo hasta el importe que garantice la estabilidad financiera del Club.
La solicitud que tramita un Club/SAD de su Límite de Coste de la Plantilla Deportiva no siempre corresponde con su límite máximo. Un Club/SAD puede solicitar el límite que estime oportuno para hacer frente a su presupuesto de gastos deportivos, siempre que no supere su límite máximo. Conviene aclarar igualmente que la solicitud del Límite del Coste de Plantilla Deportiva no implica que vaya a ser consumido en su totalidad.
El Límite de Coste de Plantilla Deportiva puede verse incrementado en las condiciones y con el procedimiento que se establecen en el Título III de las normas de elaboración de presupuestos de Clubes y SADs.