Nota de Prensa
VIE 20.09.2024
En relación con la notificación de la resolución dictada por parte del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), en la que se impone una sanción de “Amonestación Pública” al presidente de LALIGA, como consecuencia de una denuncia del Real Madrid CF al presidente del Consejo Superior de Deportes (CSD), desde LALIGA se quiere manifestar:
1) La más absoluta disconformidad con la resolución, que se considera nula de pleno derecho, en tanto no da respuesta a la totalidad de las alegaciones presentadas. Además considera que la resolución está basada en hechos que no han sucedido, como se indica, y en una interpretación de la normativa que no es correcta.
2) Que el TAD ha resuelto sobre una denuncia del Real Madrid CF por haber convocado la Asamblea General de 12/08/2021 con 8 días de antelación, en lugar de con los 10 días preceptivos, utilizando el procedimiento de urgencia, sin indicar expresamente los motivos de la urgencia en la convocatoria.
3) La convocatoria de urgencia de la Asamblea de 12 de agosto fue realizada como consecuencia de la Comisión Delegada celebrada el 4 de agosto y tras la celebración de la misma, por el Director Adjunto a la Presidencia, como Secretario en funciones, D. Carlos del Campo con la autorización de la Dirección Legal, todo ello de conformidad con el artículo 45.e) de los Estatutos y siguiendo el mismo formalismo aplicado desde hace decenas de años, que no establece la necesidad de inclusión de la motivación de la urgencia en la convocatoria. De hecho, no es la primera vez que en LALIGA se convoca una Asamblea General de esta manera; se ha convocado en la historia de la entidad en las mismas circunstancias bajo el mandato de diferentes presidentes y sin oposición alguna del Real Madrid CF hasta esa fecha. Es, por tanto, una actuación consolidada, que nunca había sido cuestionada por los Clubes. Por lo que desde el punto de vista de LALIGA no existe infracción alguna en el proceder del presidente Javier Tebas Medrano. Además, la convocatoria de la Asamblea General cumplió con todos los requisitos estatutarios.
4) El presidente de LALIGA, Javier Tebas Medrano, cuenta con el apoyo manifiesto de la Comisión Delegada y de la inmensa mayoría de los clubes que conforman LALIGA. De hecho, de los 42 Clubes, 37 iniciaron procedimientos para personarse en la causa como afectados. Dicha personación, como la de la propia LALIGA, fue sorprendentemente rechazada por el instructor, cuando éste considera que se ha perjudicado a la organización y a los asambleístas de 2021.
5) Esta resolución no es firme. LALIGA mantiene el convencimiento de no haber incurrido en ninguna infracción, por lo que se interpondrán los recursos pertinentes con el objeto de obtener la nulidad de la resolución sancionadora, como ya ha ocurrido con otras acciones judiciales emprendidas por el Real Madrid CF contra acuerdos aprobados legítimamente y con un consenso casi unánime por los órganos competentes de LALIGA.
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