Nota Informativa
VIE 09.06.2023
Acerca de la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº47 de Madrid, LaLiga, desde el respeto a las decisiones judiciales quiere aclarar:
- La sentencia ahora dictada se limita a valorar si hubo o no defecto de forma en las condiciones de la convocatoria y adopción del acuerdo de la Asamblea de LaLiga del pasado 12 de agosto de 2021, de manera que pudiera verse afectado el derecho de información en esa concreta Asamblea, sin que en absoluto entre en cuestiones de fondo de los acuerdos. Sin embargo, dicho acuerdo impugnado, actualmente superado, y por tanto entendiéndose subsanado cualquier defecto de forma, no cuestiona por tanto la conformidad a derecho del Proyecto LaLiga Impulso. Tal y como la propia sentencia precisa “sin perjuicio del efecto que esta sentencia, en caso de alcanzar firmeza pudiera tener sobre los acuerdos aprobados con posterioridad”. Cualquier posible defecto de forma destacado en esta demanda ya ha sido totalmente subsanado en la Asamblea del 10 de diciembre de 2021 donde se aprobó el acuerdo final.
Las cuestiones de fondo relativas al proyecto Impulso se han sometido a debate judicial en otro procedimiento posterior en el que se impugna el acuerdo de la Asamblea del 10 de diciembre de 2021, y respecto del cual, recientemente la Audiencia Provincial ya dictó un auto desestimando las pretensiones del Real Madrid, Athletic Club y FC Barcelona en cuanto a su solicitud de medidas cautelares, confirmando, a su vez, las resoluciones anteriormente dictadas por el Juzgado de Primera Instancia.
- En este sentido, el contenido de la sentencia, con el que LaLiga está en desacuerdo, afecta a cuestiones meramente formales que ya han sido subsanadas en el posterior acuerdo del 10 de diciembre. No obstante a lo anterior, LaLiga entiende que fueron atendidas las necesarias formalidades de convocatoria y celebración de la citada Asamblea, sin que, contrariamente a lo defendido por los tres clubes demandantes, se hubiese modificado el orden del día de dicha Asamblea, sino que se introdujo una simple aclaración de los términos de negociación objeto de aprobación atendiendo precisamente a una petición de estos tres clubes.
- Que la sentencia, en ningún caso, afecta a la validez y mantenimiento del Proyecto LaLiga Impulso con CVC aprobado en la Asamblea del 10 de diciembre de 2021 y respecto al cual, recientemente, la Audiencia Provincial de Madrid, ya dictó auto desestimando.
Por todo lo anteriormente expuesto y dado que la sentencia no es firme, LaLiga interpondrá el correspondiente recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.
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